Culpabilidad en los Concursos de Acreedores
Es evidente que la actual situación que está afectando a todos los sectores, lo primero que ha producido en las empresas es:
- Una reducción de sus ingresos
- Una demora o ruptura de la ‘cadena de pagos‘ que conlleva el retraso en el pago de clientes
Ambas circunstancias han producido sin lugar a duda una tensión en la tesorería en todas las sociedades.
1. PREVENIR Y ADOPTAR MEDIDAS CORRECTIVAS
El acceso a las líneas de financiación ICO puede crear una sensación de ‘falsa liquidez’. Técnicamente hablamos de un mayor endeudamiento para la empresa y a medio plazo comportará una gran dificultad para atender los nuevos compromisos de financiación adquiridos que se suman a los que ya tenía la propia sociedad.
No obviemos que, ante posibles incumplimientos de pagos a las entidades financieras, estas podrían impedir sucesivas disposiciones o declarar el vencimiento anticipado.
Por tanto, las empresas se enfrentan a dos posibles escenarios:
- Uno más optimista, en el que sociedades con liquidez, acuerden con las entidades financieras un periodo de moratoria para el cumplimiento de sus
obligaciones, hasta que se recupere su negocio, a modo de ventana de espera, en el entorno de los seis meses. - Uno más pesimista es aquel en que las empresas tengan que abordar una verdadera reestructuración de su deuda teniendo en cuenta el medio plazo, incluso contrayendo aún mayor endeudamiento.
Y, si estas medidas no son suficientes, surgiría la situación de insolvencia societaria.
«Los resultados de este ‘compliance empresarial’ deben servir de base para trazar un nuevo ‘plan de viabilidad’ de la compañía.»
Ante este escenario, está claro que la mejor opción es la preventiva, consistente en la realización de un ‘compliance empresarial’ que analice y detecte todos los
riesgos empresariales y permita a la sociedad evaluar su situación real para poder prevenir y adoptar las medidas correctivas oportunas. Los resultados de este ‘compliance empresarial’ deben servir de base para trazar un nuevo ‘plan de viabilidad’ de la compañía para buscar una solución que, de modo integral, no a través de soluciones parciales, que permita evitar o salir de la situación de insolvencia y su reactivación tras la paralización de su actividad.
Ambos informes deben servir de base para determinar dónde están las áreas que aportan valor a la empresa y probablemente nos pueden determinar líneas de negocio que son consumidoras de financiación sin aportar margen suficiente por lo que en los tiempos actuales deberemos eliminar de nuestra actividad.
2. REESTRUCTURACIÓN DEL PASIVO
Soluciones extrajudiciales para evitar tener que presentar un concurso de acreedores
La continuidad de una empresa que atraviesa una situación de dificultades económicas podrá requerir:
- profundas transformaciones que impliquen una reestructuración de su pasivo
- la transmisión de unidades económicas
- o la conversión de deuda en capital
En caso de que se haya llegado a una situación de insolvencia societaria o una dificultad temporal para hacer frente a sus obligaciones, los primeros pasos son acudir a soluciones extrajudiciales para evitar tener que presentar un concurso de acreedores.
Un inadecuado diagnóstico, o un error de la solución a aplicar, o del momento en que se aplica, puede no sólo impedir la continuidad de la empresa, sino también puede originar la responsabilidad social o individual del órgano de administración y/o calificaciones de culpabilidad en los concursos de acreedores
3. SOLUCIONES EXTRAJUDICIALES
Las principales herramientas para ello son:
- El acuerdo extrajudicial de pagos. Es un convenio extrajudicial dirigido por un mediador concursal, que busca llegar a un acuerdo con sus acreedores y superar la situación de insolvencia. Su principal ventaja es que durante su tramitación se suspenden las ejecuciones contra los bienes del deudor. La Ley Concursal ofrece esta posibilidad a las sociedades con un pasivo inferior a cinco millones de euros, un patrimonio inferior también a esa cantidad y menos de 50 acreedores.
- El acuerdo de refinanciación. Esta pensado para pymes solventes pero que tienen dificultades económicas puntuales para asumir sus obligaciones. Se trata de encontrar medidas de alivio de carga financiera y reestructurar la deuda empresarial. En concreto, las empresas pueden pactar una disminución de sus deudas o una ampliación del plazo para pagar las mismas.
La capacidad de anticipación que tengan los empresarios en realizar el ‘compliance empresarial’ y un ‘plan de viabilidad’ es clave para evitar entrar en una situación de insolvencia que conlleve a la obligación de presentar concurso de acreedores, más costoso e incierto, y asumiendo el riesgo de la calificación de culpabilidad de los administradores societarios en caso de no haber actuado de manera diligente.
La solicitud de un concurso de acreedores no solo es una difícil decisión, sino que requiere de trabajo previo minucioso a realizar por verdaderos especialistas, ya que la marcha del concurso y la posible responsabilidad de los Administradores de las empresas en situación de insolvencia puede depender en gran parte de ello.
Debe darse mucha importancia a la solicitud de concurso y a la documentación que se aporte, asegurándose de que todo lo que se diga sea correcto, esté fundamentado y sea completo, porque la Administración Concursal que se designe en el procedimiento, realizará a partir de ella un exhaustivo informe, y de las conclusiones que extraiga, entre otras cuestiones, puede determinar la calificación del concurso como culpable y la consiguiente derivación de responsabilidad contra los Administradores
Carlos Paré
Directivo a Coste Variable en ABSOLUT
Especialista en Reestructuración Societaria, Concurso y Preconcurso de Acreedores